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Ciudadanía y situación de inmigración

Comprende tu situación de ciudadanía e inmigración y cómo afectan a tu derecho a Medicaid

Actualizado hace más de un año

Ciudadanía

Toda persona que solicite Medicaid debe dar fe de su condición de ciudadano.

Hay cinco categorías de estatus de ciudadanía:

Ciudadano estadounidense

Has nacido en los EE. UU. o eres ciudadano estadounidense. Eres ciudadano estadounidense si naciste en las posesiones periféricas de los EE. UU. (por ejemplo, Samoa Americana o la isla de Swains) o si naciste de padres estadounidenses que habían vivido en los EE. UU. antes de que tú nacieras.

Tu admisibilidad no se verá afectada por este estatus de ciudadanía.

Ciudadano naturalizado

No naciste como ciudadano estadounidense, pero más tarde te convertiste en ciudadano estadounidense.

Tu admisibilidad no se verá afectada por este estatus de ciudadanía.

Inmigrante/no ciudadano

Lo más habitual es que tengas la tarjeta verde (y, por tanto, seas residente legal permanente) o que seas un asilado/refugiado. También hay otras 14 categorías especiales que clasificarían a alguien como inmigrante/no ciudadano (consulte 'Situación de inmigración' a continuación).

Tu admisibilidad puede estar condicionada por los detalles de tu estatus de inmigrante.

No inmigrante/titular de visado

Estás aquí provisionalmente con un visado como el H1-B, F&J, visado de estudiante, visado TN o visado H&O.

Es probable que no cumplas los requisitos a menos que estés embarazada, tengas menos de 21 años, te encuentres en una situación de emergencia o residas en uno de los siguientes estados:

  • New York

Otros

No tienes un estatus de inmigración válido.

Es probable que no cumplas los requisitos a menos que estés embarazada o te encuentres en una situación de emergencia. También puedes reunir los requisitos si tienes más de 65 años y resides en uno de los siguientes estados:

  • New York

Situación de inmigración

Si eres inmigrante/no ciudadano, es posible que también te pregunten por tu situación específica de inmigración.

Hay dieciséis categorías de estatus de inmigración:

Residente legal permanente (LPR)

Tienes una tarjeta verde.

Para reunir los requisitos, la mayoría de los estados exigen que hayas residido en los EE. UU. durante al menos 5 años bajo este estatus u otro estatus habilitante. Sin embargo, hay excepciones si estás embarazada, eres menor de 21 años, tienes la condición de veterano o has estado en acogida. Los siguientes estados no exigen un periodo de espera de 5 años:

  • New York

Refugiado

Te encuentras actualmente fuera de tu país de nacionalidad y no puedes o no quieres regresar debido a un temor fundado de persecución por motivos de raza, religión, nacionalidad, pertenencia a un determinado grupo social u opinión política.

Asilado

Cumples la definición de refugiado y ya estás presente en los EE. UU. o solicitas la admisión en un puerto de entrada.

Entrante condicional

Este es el estatuto que se utilizaba para los refugiados antes de 1981, cuando se adoptó el estatuto de refugiado.

Amerindio nacido en Canadá (289 INA)

Eres al menos un 50 % amerindio y naciste en Canadá.

No ciudadano amerasiático

Naciste entre el 1/1/1962 y el 1/1/1976 de madre vietnamita y padre ciudadano estadounidense.

Inmigrante cubano/haitiano

Eres un refugiado de nacionalidad cubana o haitiana.

Inmigrante especial iraquí/afgano

Has trabajado con las Fuerzas Armadas de los EE. UU. como traductor o intérprete en Irak o Afganistán.

Víctima de trata grave (LPR o visado T)

Eres víctima de una forma grave de trata de seres humanos.

No ciudadano maltratado (VAWA)

Eres cónyuge o hijo de un ciudadano estadounidense o residente permanente maltratador.

Para reunir los requisitos, la mayoría de los estados exigen que hayas residido en los EE. UU. durante al menos 5 años bajo este estatus u otro estatus habilitante. Sin embargo, hay excepciones si estás embarazada, eres menor de 21 años, tienes la condición de veterano o has estado en acogida. Los siguientes estados no exigen un periodo de espera de 5 años:

  • New York

Se retiene la deportación en virtud del 243(h) o el 231(b)(3) de la INA

Tu deportación se está aplazando oficialmente debido a un temor fundado de persecución.

Retención de expulsión

Generalmente cumples la definición de asilado, pero no reúnes los requisitos para obtener el estatuto de asilado, a menudo porque no lo solicitaste a tiempo.

En libertad condicional durante al menos un año

Se te ha concedido autorización para permanecer en los EE. UU. durante al menos un año, por razones de emergencia a menudo relacionadas con la asistencia médica o el interés público.

Para reunir los requisitos, la mayoría de los estados exigen que hayas residido en los EE. UU. durante al menos 5 años bajo este estatus u otro estatus habilitante. Sin embargo, hay excepciones si estás embarazada, eres menor de 21 años, tienes la condición de veterano o has estado en acogida. Los siguientes estados no exigen un periodo de espera de 5 años:

  • New York

No inmigrante temporal

Estás legalmente en EE. UU. con un propósito o por un periodo de tiempo determinado.

Es probable que no cumplas los requisitos a menos que estés embarazada, tengas menos de 21 años, te encuentres en una situación de emergencia o residas en uno de los siguientes estados:

  • New York

Acción diferida para los llegados en la infancia (DACA)

No tienes un estatus de inmigración válido, pero viniste a los EE. UU. de niño.

Es probable que no cumplas los requisitos a menos que estés embarazada, te encuentres en una situación de emergencia o residas en uno de los siguientes estados:

  • New York

Otros

Tienes un estatus de inmigración válido que no figura en esta lista.

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